Introduce tus ingresos netos previstos y calcula exactamente cuánto pagarás de cuota a la Seguridad Social cada mes según los 17 tramos del nuevo sistema vigente.
El tipo de cotización aplicado es el 31,4% (incluye contingencias comunes, cese de actividad y FP). La cuota mínima incluye también el tipo adicional por cotización para la incapacidad temporal.
| # | Rendimientos netos anuales | Base mínima/mes | Base máxima/mes | Cuota mínima/mes | Cuota máxima/mes |
|---|
Desde 2023, España tiene un nuevo sistema de cotización para autónomos basado en ingresos reales. Antes, la cuota era fija independientemente de lo que ganaras. Ahora, cuanto más ganas, más cotizas — y viceversa.
El sistema funciona por tramos: según tus ingresos netos anuales previstos, te corresponde un tramo con una base de cotización mínima y máxima. Tú eliges cuánto cotizar dentro de ese rango, con un mínimo obligatorio. La cuota resultante depende del tipo de cotización aplicado (en 2026 alrededor del 31,4%).
Los ingresos netos son tus ingresos brutos (lo que facturas) menos los gastos deducibles de tu actividad (materiales, suministros, alquiler del local, seguros, etc.). A este resultado se le resta además un 7% de gastos de difícil justificación (en el caso de autónomos en estimación directa simplificada). El resultado final es la base sobre la que se aplica el tramo de cotización.
A principios de cada año, la TGSS compara lo que has cotizado con tus ingresos reales declarados. Si ganaste más, tendrás que pagar la diferencia. Si ganaste menos, te devolverán lo pagado de más.
Puedes modificar tu base de cotización hasta 6 veces al año si cambian tus previsiones de ingresos. Hazlo a tiempo para no pagar ni de más ni de menos.
Si te das de alta como autónomo por primera vez, pagas 80 €/mes durante los primeros 12 meses, independientemente de tus ingresos. Se puede prorrogar otros 12 meses si tus ingresos están por debajo del SMI.
La cuota se domicilia el último día hábil de cada mes y se cobra los primeros días del mes siguiente. Si no tienes saldo suficiente en cuenta, la TGSS lo vuelve a intentar y puede generarte recargos.
La cuota mínima en 2026 para autónomos con ingresos por debajo de 670 €/mes es de aproximadamente 200 €/mes (sobre la base mínima de cotización del tramo 1). Para autónomos nuevos, existe la tarifa plana de 80 €/mes durante el primer año.
Sí. Mientras estés dado de alta como autónomo en la RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos), debes pagar la cuota, aunque no tengas ingresos. La solución si no tienes actividad es darte de baja de autónomo. En Gestoría Castro tramitamos altas y bajas de autónomos.
Sí. Las cuotas pagadas a la Seguridad Social son un gasto deducible en tu declaración de la renta (IRPF), tanto en estimación directa simplificada como en módulos. Reducen tu rendimiento neto y por tanto el impuesto a pagar.
Generalmente, a partir de ingresos netos de entre 40.000 y 60.000 €/año puede ser más ventajoso operar como Sociedad Limitada, ya que el Impuesto de Sociedades (25% o 15% los primeros años) puede ser inferior al IRPF personal a esos niveles de renta. En Gestoría Castro hacemos el estudio comparativo gratuito para tu caso.
En Gestoría Castro tramitamos el alta en la TGSS y la AEAT, te asesoramos sobre la base de cotización óptima y gestionamos tu contabilidad trimestral. Desde 30 € al mes.