Nos encargamos de todo: Impuesto de Sucesiones (bonificado al 99% en Madrid para grupos I y II), declaración de herederos, partición y registro. Precio cerrado desde el primer día.
Nos encargamos de todo el proceso de principio a fin. Tú solo tienes que aportarnos la documentación.
Si eres hijo, cónyuge, pareja de hecho o padre del fallecido (grupos I y II), en Madrid prácticamente no pagas Impuesto de Sucesiones. La Comunidad de Madrid aplica una bonificación del 99% que hace que el impuesto sea casi cero, independientemente del valor de los bienes heredados.
Desde el 1 de julio de 2025 (Ley 2/2025 de la Comunidad de Madrid), los parientes del grupo III — hermanos, tíos, sobrinos, cuñados, suegros, yernos y nueras, por consanguinidad y por afinidad — aplican una bonificación del 50% en la cuota. Antes era del 25% y solo para colaterales por consanguinidad. El grupo IV (primos y personas sin parentesco) sigue sin bonificación.
Consulta gratuita por teléfono o WhatsApp. Te explicamos qué necesitas y te damos precio cerrado en el mismo momento.
Le damos un presupuesto cerrado por escrito, sin compromiso. La primera consulta es gratuita.